OPERACIÓN REGIONAL Y HABILITACION DE EPS_S
Con el fin de optimizar la operación del Régimen Subsidiado en el país, y considerando las condiciones de alta dispersión geográfica y las desbalanceadas condiciones de oferta y demanda entre aseguradores, afiliados y prestadores, en algunas regiones apartadas del país, se planteó un esquema de Operación Regional para garantizar una mayor estabilidad financiera y capacidad resolutiva de las EPS-S y la capacidad de vigilancia y control de las mismas por parte del Sistema. En virtud de dicho esquema, se establecieron 5 Regiones de operación de las EPS-S, pauta operativa que complementada con la habilitación de las mismas por parte de la Superintendencia Nacional de Salud, constituyen las dos condiciones básicas de operación en los Entes Territoriales, sin las cuales no se puede inscribir ni operar una de dichas EPS-S en un Municipio de una Región determinada.
EPS y Regiones
La Resolución 3734 de 2006 define la lista definitiva de las EPS seleccionadas para la operación regional del Régimen Subsidiado.
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EPS Habilitadas
La Superintendencia Nacional de Salud tiene la responsabilidad de realizar los procesos de habilitación de EPS-S en el Régimen Subsidiado.
EPS´S Habilitadas por la Supersalud
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